Otra Ley Electoral es necesaria

ley electoral

Demandas para una reforma de la Ley Electoral española.

En las elecciones generales del pasado 20 de noviembre, los partidos sin representación han recibido un importante apoyo de los votantes. Los cuatro principales partidos extraparlamentarios (EQUO, PACMA, Escaños en Blanco y PUM+J) casi suman medio millón de votos.

La ciudadanía ha venido denunciando en los últimos meses la profunda injusticia y falta de proporcionalidad de la Ley Electoral. En la última reforma (de este año 2011) además, y lejos de corregir la situación, se pusieron nuevas restricciones dirigidas fundamentalmente a los nuevos partidos y los partidos que no habían conseguido representación en la anterior convocatoria electoral.

Una vez celebradas las elecciones el 20N se ha reiniciado el debate, aunque éste se está centrando en el reparto de escaños en función de las circunscripciones electorales provinciales y el sistema de cálculo  D’Hont.

Consideraciones como la falta de  proporcionalidad en el voto que –entre otros factores – ha  provocado que las fuerzas políticas firmantes del presente manifiesto no hayan obtenido una representación parlamentaria acorde con su nivel de voto.

Se omiten sin embargo en este debate aspectos de gran importancia para la garantía de participación y pluralismo democrático, como son las barreras de acceso del 3% (5% en algunas Comunidades Autónomas) y las nuevas exigencias impuestas, como la necesidad de conseguir avales sólo para los partidos que no obtuvieron representación.

Éstos son aspectos clave, que penalizan de forma muy importante a los partidos nuevos y extraparlamentarios, impidiendo, por un lado, su concurrencia a los procesos electorales en las mínimas condiciones de igualdad y, por otro, vulnerando a nuestro juicio, los principios de igualdad y de pluralismo político proclamados en la Constitución.

Entre estos aspectos destacamos:

1.- Avales

La tramitación de la Ley Orgánica 2/2011, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, obliga a los partidos sin representación a recoger avales, lo cual establece una primera desigualdad.

A los partidos del Congreso no se les ha exigido avales para la presentación de sus candidaturas.

2.- Financiación a las campañas

Recordamos que los gastos de campaña electoral permitidos para los  partidos que han obtenido representación en las elecciones del pasado 20 de noviembre ascienden a 41,6 millones de euros. Unos gastos excesivos, que a la postre serán sufragados por los contribuyentes vía subvenciones a los partidos del Congreso.

A pesar de las nuevas exigencias, los partidos sin representación no tienen derecho, ni antes ni después de la campaña, a la percepción de ayuda alguna por los gastos de campaña, con independencia de los votos finalmente recibidos.

En la última reforma (de este año 2011) además, y lejos de corregir la situación, se pusieron nuevas restricciones dirigidas fundamentalmente a los nuevos partidos y los partidos que no habían conseguido representación

3.- Espacios televisivos

La Ley electoral en su artículo 65.3, que dice que “la comisión [que efectúa la propuesta de distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral] está integrada por un representante de cada partido, federación o coalición que concurriendo a las elecciones convocadas cuente con representación en el Congreso de los Diputados” [y sólo por ellos].

Estas comisiones y las Juntas Electorales han relegado a los partidos sin representación a no tener anuncios (EQUO, PUM+J) o a tenerlos en La2 a las 11 de la mañana de lunes a viernes (Pacma). Para que no les vea casi nadie.

Hemos calculado que los anuncios de RTVE y canales autonómicos de UPYD, con 300.000 votos en el 2008, tienen un valor de 1 millón de euros, mientras que los anuncios de los extraparlamentarios se valoran en menos de 10.000, con más de 700.000 votos en 2008. Los anuncios de UPYD valen 100 veces más, con menos de la mitad de votos.

Por supuesto, los partidos nuevos y extraparlamentarios son excluidos también de la participación en entrevistas, debates televisivos, generales o sectoriales, en los medios de comunicación públicos.

Los partidos nuevos y extraparlamentarios tampoco reciben un tratamiento equitativo en cuanto al resto de espacios electorales.

4.- Pago por voto

Los partidos que logran representación obtienen un pago por voto recibido. Los que no obtienen representación, no.

No entendemos por qué razón el voto de los ciudadanos cuyos partidos quedan fuera no merece el mismo trato que los que obtienen representación.

En el Congreso, Equo obtuvo casi el 2% de los votos por Madrid y Escaños en Blanco obtuvo en Cataluña un 1,47% del cómputo global, con más de 50.000 votos. Con casi 100.000 votos al Senado, el PUM+J también se ha quedado sin representantes.

info@equo.org

info@esconsenblanc.org

partido@porunmundomasjusto.com

Ley Electoral nueva

Te puede interesar…

Con las recientes manifestaciones en Madrid, estamos viendo una escalada de la tensión tan preocupante que es inevitable dibujar paralelos con los años previos al 36. No estamos en un ambiente pre-guerracivilista… aún. Pero, ¿y en 10 años? Aquellos que no aprenden de la historia están condenados a repetirla, y no podemos olvidar de dónde […]